Sigue la prohibición de pescar en el dique Paso de las Piedras – Marzo de 2013
23 de marzo de 2013 – Ante mi consulta a la autoridad encargada del dique Paso de las Piedras vía e-mail (diqueppiedras@ada.gba.gov.ar) me notificaron que sigue sin permitirse la pesca en ese sitio. A continuación, la respuesta completa.
Primer e-mail:
«No se puede pescar en el dique porque en principio NO SE PUEDE INGRESAR. Las versiones en contrario son malintencionadas y responden a intereses personales de tipo comercial principalmente de quienes las difunden buscando su propio beneficio. Se trata de una campaña de desinformación que se ha instalado en determinados sectores que no respetan la ley.
Sigue vigente la Res.890/09, que determina que en función del Nivel de Alerta 1 se restringe el acceso y se suspenden las actividades recreativas.
Le agradecemos su interés en buscar información cierta y desde los sectores oficiales.»
Segundo e-mail:
«Sr. Matías Chourrout
Para complementar nuestro mail anterior adjuntamos la Res.890/09, con la determinación de Niveles de Alerta en estiaje y Salida de Alerta. La misma sigue en vigencia en razón que la cota actual es 156,78. Desde el 26/6/2009 en que se ingreso al Alerta 1 en Cota 155 no se alcanzo en ninguna oportunidad el Nivel de Salida de Alerta, fijado para Cota 158.
La Cota es registrada continuamente por limnígrafos automáticos en la Torre de Toma y trasmitida al sistema en tiempo real sin intervención personal alguna. La cota estuvo en el transcurso del Alerta 1 en dos oportunidades a 40 centímetros de la salida: 1/2/11 y 4/1/13. La última oportunidad en que se registro cota 158 fue el 25/10/2008, ocho meses antes de la declaración de Alerta 1.
A su disposición para todo aquello que requiera consultar y que estime de utilidad para el esclarecimiento de la situación, dado que en principio el ingreso al Dique y luego la práctica de actividades recreativas, entre las que se incluye la pesca, son acciones violatorias a la legislación vigente, de conocimiento y cumplimiento obligatorio de toda la ciudadanía y en cuyo incumplimiento recaen las penalidades propias de la violación voluntaria a la ley.
Material adjunto recibido:
Provincia de Buenos Aires
AUTORIDAD DEL AGUA
Resolución Nº 890
La Plata, 28 de octubre de 2009.
VISTO el expediente 2436-15.117/09 Alcance 1, y atento haberse verificado la crisis emergente a raíz de la caída de reservas en el embalse que abastece de agua a la población de los Partidos de Bahía Blanca y Coronel de Marina L. Rosales y al Polo Industrial Ing. White; y
CONSIDERANDO:
Que advirtiendo la grave situación hídrica producto de la aguda sequía en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y en especial en el Embalse y la Presa Dique Paso de las Piedras, la que registra una caída de reservas persistente, debido a la ausencia, entre otras cosas, de eventos de crecida significativos;
Que de las lecturas diarias del nivel del embalse indican una persistente caída de las reservas, con una tendencia a la baja, la que a priori no se espera se revierta, dado que se esta ingresando a la estación normalmente seca a partir del mes de mayo;
Que a criterio del grupo técnico de esta Autoridad, resulta de suma necesidad y urgencia confeccionar un Plan de Alerta en Estiaje, con diversos Niveles de Alerta;
Por ello;
El DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Plan de Alerta en Estiaje, conformado de tres (3) Niveles de Alerta y una (1) Salida del Nivel de Alerta, que se agrega a la presente como Anexo.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar a Aguas Bonaerenses S.A., Organismo de Control del Agua de Buenos Aires, Municipalidades de Bahía Blanca, Coronel de Marina L. Rosales y de Tornquist, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y pasar a las Direcciones de Usos y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional y Planificación, Control y Preservación de los Recursos Hídricos para su conocimiento. Cumplido, archivar.
Firmado: Darío González Ceuninck, Director Vocal Héctor Hugo Domínguez; Director Vocal, Silvia María Eva Gottero; Director Vocal, Adrián Oscar Bigliesi, Vicepresidente.
ANEXO
NIVELES DE ALERTA POR ESTIAJE
NIVEL DE ALERTA 1.
El Nivel de Alerta 1 se implementará cuando el porcentaje de reservas útiles alcance el 25%, con una reserva de 81 Hm3, y cota nivel embalse de 155 m.s.n.m.
Las acciones serán las siguientes:
1- Comunicación del estado de situación a los usuarios, concesionarios, prestatarias del servicio de agua y a las comunas involucradas mediante notificación fehaciente.
2- Paulatina disminución de erogaciones para la baja de las caídas de reservas.
3- Limpieza de la superficie desembalsada.
4- Restricciones de acceso al embalse con la suspensión temporaria de las actividades recreativas en el embalse y área protegida.
5- Controles semanales en el embalse a distintas profundidades de análisis físico-químico, bacteriológico y de Fitoplancton (Cianobacterias, Dinoflagelados, Diatomeas) y Clorofila A.
NIVEL DE ALERTA 2.
El Nivel de Alerta 2 se implementará cuando el porcentaje de reservas útiles alcance el 15%, con una reserva de 49 Hm3, y cota nivel embalse de 152 m.s.n.m.
Las acciones serán las siguientes:
1- Solicitud al Poder Ejecutivo Provincial respecto a la promulgación de una ley de Emergencia Hídrica.
2- Emisión de comunicación de prensa en forma semanal.
3- Se sugerirá la puesta en funcionamiento de las fuentes complementarias y/o alternativas de abastecimiento.
4- Racionamiento de erogaciones.
Función objetivo de estricto cumplimiento: variación de reservas=0
5- Limpieza de la superficie desembalsada.
6- Prohibición absoluta de las actividades recreativas en el embalse y área protegida.
7- Controles diarios en el embalse a distintas profundidades de análisis físico-químico, bacteriológico y de Fitoplancton (Cianobacterias, Dinoflagelados, Diatomeas) y Clorofila A.
NIVEL DE ALERTA 3.
El Nivel de Alerta 3 se implementará cuando el porcentaje de reservas útiles alcance el 10%, con una reserva de 31 Hm3, y cota nivel embalse de 150 m.s.n.m.
Las acciones serán las siguientes:
1- Emisión de comunicados de prensa en forma diaria.
2- Solicitud de asistencia logística a Defensa Civil para el abastecimiento de emergencia.
3- Suspensiones temporarias de las erogaciones según disponibilidad.
4- Limpieza de la superficie desembalsada.
5- Prohibición absoluta de las actividades recreativas en el embalse y área protegida.
6- Controles diarios en el embalse a distintas profundidades de análisis físico-químico, bacteriológico y de Fitoplancton (Cianobacterias, Dinoflagelados, Diatomeas) y Clorofila A.
NIVEL DE ALERTA SALIDA.
El Nivel de Alerta Salida se implementará cuando el porcentaje de reservas útiles alcance el 41%, con una reserva de 132 Hm3, y cota nivel embalse de 158 m.s.n.m.
Las acciones serán el reestablecimiento de las erogaciones y rutina de operación y manejo del embalse.
C.C. 13.855

Aviso, antes de que haya mal entendidos, que tenemos publicada una pesca en el Dique Paso de las Piedras en este sitio, pero de 2011, cuando no estábamos notificado de esto.
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